La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido inadmitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal presentados por la representación de la sociedad mercantil Monte Espliego SL contra la sentencia dictada en 2015 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª) y declarar firma dicha sentencia, sin que quepan más recursos, por lo que podemos decir con toda alegría y un gran alivio que, como hemos venido defendiendo desde la constitución misma de esta asociación, el camino del Pardillo es un camino público e histórico.

Toda la sentencia podéis leerla en el enlace siguiente:

https://drive.google.com/open?id=1f-2AP7OdXuw0cRAHLecji7pqfyWhXM1Z

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