Es evidente el constante aumento de la actividad ciclista en la Sierra. Desde camineros saludamos este deporte y muchos de nosotros lo compartimos con las botas de montaña.

Sin embargo es también evidente que ultimamente se han encendido las señales de alarma ante el uso totalmente descontrolado de algunos ciclistas. El problema se centra especialmente en las bicis de montaña y de descenso. Algunos ciclistas abandonan las rutas y pistas, para lanzarse a la aventura de la bajada de riesgo (para ellos y los demás usuarios del monte). Se abren trochas nuevas, que con las lluvias se convierten en torrenteras, se destruye la fragil capa vegetal de la montaña, se arrasa sin miramiento con la pequeña flora silvestre y, en algunas ocasiones, se llega a poner en riesgo la seguridad fisica de los viandantes, sometiendoles a sustos y hasta golpes.

Muchos municipios, a la vista de los destrozos provocados de manera irreversible, estan empezando a limitar las actividades masivas de ciclismo que antes potenciaban. Pero no es suficiente. Es preciso profundizar en el problema y consensuar las medidas que son además de necesarias, muy urgentes, si queremos salvar nuestra sierra de una masificacíon incontrolada.

La Sociedad Caminera propiciaremos que el Observatorio para la Conservación del Patrimonio, del que formamos parte, celebre una Jornada especial sobre el tema en la que todos los implicados: Ayuntamientos, agentes forestales, científicos, conservacionistas, ciclistas, camineros, cazadores y demás usuarios del monte, aportemos nuestros puntos de vista y nuestras preocupaciones con el fin de consensuar unas pautas de comportamiento que nos permitan convivir pacificamente y usar todos el monte con el respeto que se merece.

 

Con la intención de ir abriendo un debate, publicamos un articulo sobre el tema del Norte de Castilla.

Un estudio avisa de la «indefinición legal» que reina sobre el ciclismo en Guadarrama

Participantes en una carrera de bicicletas de montaña en la provincia.
Participantes en una carrera de bicicletas de montaña en la provincia. / El Norte
  • La regulación regional de la Comunidad de Madrid se solapa con la norma en el Parque Nacional

 

A la espera de la elaboración, redacción final, aprobación y entrada en vigor del Plan Rector de Usos y Gestión (PRUG) del Parque Nacional de Cumbres Sierra de Guadarrama, saltan las chispas entre deportistas y conservacionistas, con las administraciones públicas en medio de la disputa. Un estudio reciente realizado por el biólogo y consultor medioambiental, Manuel Oñorbe, analiza el impacto que la práctica del ciclismo de alta montaña tiene sobre el espacio protegido. Ante todo, se trata de que exista una compatibilidad con la protección, que el deporte al aire libre y la naturaleza convivan pacíficamente, si se permite la expresión.

El informe, que parte de la premisa del «innegable aumento que en las últimas décadas ha experimentado en la sociedad la práctica de deportes de montaña y las actividades físicas al aire libre», pone la lupa en la vertiente madrileña del la sierra. Oñorbe precisa en sus conclusiones que ese auge es exponencial en el caso concreto de la sierra de Guadarrama, «al tratarse de un parque periurbano donde los problemas ambientales derivados de la masificación van en aumento, especialmente en zonas como los valles de Abantos, las Dehesas-Fuenfría, y Navalmedio, y en proceso de expandirse a la Pedriza y Alto Manzanares, Hueco de San Blas y laderas de la Najarra».

Pero una de las amenazas que más inquieta al consultor medioambiental es «la indefinición legal que reina» en torno al tránsito en bicicleta por estos entornos. La documentación aportada por el experto revela el «solapamiento de normas y la ambigüedad de las mismas». Oñorbe subraya que esa laguna es «fuente de confusión sobre el derecho a transitar o no por ciertas zonas y, lo más importante, está incrementando las afecciones ambientales de forma acusada en áreas determinadas».

Ese solapamiento del que habla el biólogo –y que afecta a la superficie bajo el paraguas de la declaración de protección– se produce entre la resolución que rige en la falda madrileña y la normativa en el Parque Nacional, que responde al Decreto 96/2009, de 18 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la ordenación de los recursos naturales en el ámbito territorial de la Comunidad vecina.

Prohibición, salvo permiso

La primera establece que «la circulación de bicicletas y velocípedos en los montes administrados por la Comunidad de Madrid se limitará a las vías de tránsito autorizadas y a las rutas, pistas y áreas específicamente acondicionadas o que se acondicionen para ello mediante la correspondiente señalización», reproduce Oñorbe parte del articulado autonómico. «Ello se traduce en la práctica en la prohibición de circular en BTT por todos los montes de gestión madrileña salvo autorización expresa», deduce el biólogo.

Por su parte, la normativa aplica por el citado decreto en el Parque Nacional señala que la circulación de las bicis «se limitará a pistas forestales y caminos abiertos por maquinaria de anchura de plataforma superior a tres metros, así como a las pistas, caminos, senderos, vías pecuarias, vías de tránsito y rutas tradicionalmente utilizadas». El quid de la cuestión que plantea el experto radica en la interpretación subjetiva a la que invita el término ‘tradicional’ y que puede inducir a entender «una autorización para la circulación de bicicletas por cualquier tipo de vía dentro del ámbito del Parque», expone el documento.

A partir de comparar los textos , Oñorbe plantea la disyuntiva: mientras la resolución de la Comunidad de Madrid es más restrictiva que el decreto, éste posee un rango jerárquico, lo cual puede llevar a una interpretación «ambigua».

Dentro o fuera

El citado decreto que rige dentro del perímetro del Parque Nacional aclara en uno de sus puntos que «el régimen general de visitas se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente que regula las normas generales para el uso socio-recreativo de los montes y terrenos forestales administrados por la Comunidad de Madrid». Por lo tanto, ‘ganaría’ la regulación que propone la resolución del Gobierno regional, a pesar de su menor rango.

Con esta argumentación por delante, Manuel Oñorbe deduce que «dentro de los montes administrados por la Comunidad de Madrid regiría la resolución de la vertiente madrileña y estaría prohibida la circulación salvo en vías autorizadas, mientras que en zonas no incluidas dentro de montes regiría el decreto» por el que se guía la normativa en el espacio que disfruta de la declaración de protección.

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